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Desplazamientos del Rey y artículo 64 de la Constitución: desmontando un bulo

✍️ Por: Juan Antonio

Publicado el: 17/08/2026 19:51

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En los últimos tiempos están circulando en TikTok y otras redes vídeos que afirman que el Rey necesita un “permiso” para desplazarse por el territorio nacional, y que esa supuesta obligación estaría en el artículo 64 de la Constitución Española. Esa afirmación es falsa y nace de una interpretación errónea (o interesada) de lo que realmente dice la Constitución.

Qué dice de verdad el artículo 64 de la Constitución

El artículo 64 de la Constitución Española establece:

  1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso. 2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

Vamos a desgranarlo con calma.

1. “Los actos del Rey serán refrendados…”

  • Actos del Rey no significa “cualquier cosa que haga en su vida privada”, sino sus actos oficiales como Jefe del Estado:

    • sancionar leyes,

    • convocar elecciones,

    • nombrar al Presidente del Gobierno,

    • representar a España en visitas de Estado, etc.

  • Refrendar significa que otra autoridad política firma y asume la responsabilidad de ese acto:

    • normalmente, el Presidente del Gobierno,

    • o el ministro competente,

    • o el Presidente del Congreso en los casos concretos que menciona el artículo.

Es decir: el Rey no decide ni actúa políticamente por su cuenta; sus actos oficiales necesitan la firma de alguien que sí es políticamente responsable.

2. “De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden”

Este punto es clave:

  • La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad (art. 56.3 CE).

  • Por eso, quien responde jurídicamente de los actos oficiales del Rey es quien los refrenda:

    • Presidente del Gobierno,

    • ministros,

    • Presidente del Congreso, según el caso.

El artículo 64, por tanto, no habla de permisos de movimiento, sino de responsabilidad política y jurídica de los actos oficiales del Rey.

 

¿Dónde aparece la idea del “permiso para desplazarse”?

Algunos vídeos mezclan conceptos:

  • Confunden libertad de movimiento personal con agenda oficial del Jefe del Estado.

  • Presentan el refrendo como si fuera un “permiso para moverse”, cuando en realidad es un mecanismo de control democrático sobre los actos oficiales.

Desplazamientos dentro de España

  • La Constitución no contiene ningún artículo que diga que el Rey necesite un permiso para desplazarse por el territorio nacional.

  • No hay referencia en el Título II (De la Corona) ni en ningún otro título que limite su libertad de circulación como persona física.

Otra cosa distinta es:

  • Cuando el Rey realiza visitas oficiales, inauguraciones, actos institucionales, etc., esos actos forman parte de la actividad oficial del Estado.

  • Esa actividad se organiza y coordina con el Gobierno, y los actos que tengan relevancia constitucional se refrendan conforme al artículo 64.

Pero eso no es un permiso para moverse, sino la forma de garantizar que las decisiones políticas tienen responsables.

Viajes al extranjero

  • Los viajes internacionales del Rey como Jefe del Estado son actos oficiales de representación.

  • Por tanto, se encuadran en la política exterior del Estado y requieren refrendo y coordinación con el Gobierno.

  • De nuevo: no es un “permiso personal”, sino un control político y jurídico sobre la acción del Estado.

 

Por qué es peligroso difundir esta interpretación falsa

Cuando se dice que “el Rey necesita permiso para moverse por España” basándose en el artículo 64, se está:

  • Desinformando sobre el contenido real de la Constitución.

  • Confundiendo al ciudadano sobre cómo funciona la Monarquía parlamentaria.

  • Usando un texto jurídico serio como arma propagandística, sin respeto por su significado.

La Constitución establece:

  • Que la soberanía nacional reside en el pueblo español (art. 1.2 CE).

  • Que la forma política del Estado es la Monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE).

  • Que el Rey es Jefe del Estado, pero sus actos están sometidos al refrendo y a la responsabilidad de autoridades elegidas democráticamente (arts. 56 y 64 CE).

Eso significa que:

  • El Rey no gobierna,

  • no decide solo,

  • y sus actos oficiales no son válidos sin refrendo.

Pero nada de eso implica que tenga que pedir permiso para coger un coche y desplazarse por España.

No se dejen engañar.

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